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Los que van por la billetera de cargos del Partido y no por los ideales del Peronismo

en EDITORIAL
Los que van por la billetera de cargos del Partido y no por los ideales del Peronismo
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El PJ Distrito Chubut sorprendió a la opinión pública con la difusión de una extensa lista de desafiliaciones automáticas, acorde a lo que dicta la Carta Orgánica partidaria. Esta acción causó un revuelo en el escenario político chubutense. Sin embargo, lo que hizo el PJ Distrito Chubut fue blanquear una situación insostenible que se postergó por largo tiempo y que debió hacerse hace mucho tiempo atrás.

La Carta Orgánica del PJ Distrito Chubut señala en su artículo 9 las obligaciones de los afiliados. Justamente, este artículo contiene nueve incisos. Vamos a señalar los que creemos que son más relevantes. El artículo 9 comienza con una definición tajante: Son obligaciones de los afiliados: a) Respetar y hacer respetar la Constitución Nacional, Provincial, Carta Orgánica Municipales y esta Carta Orgánica. Es decir, hay que respetar sí o sí la Carta Orgánica. En el inciso c) del mismo artículo, sostiene: c) Acatar las resoluciones de las Autoridades Partidarias. En esto la Carta Orgánica no deja ninguna duda. Hay que acatar las resoluciones emanadas desde el Partido.

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Ahora, lo más interesante del artículo 9 de la Carta Orgánica del PJ Distrito Chubut, durante la vida democrática del país y la provincia, viene a continuación: e) Abstenerse de aceptar funciones públicas o candidaturas en representación de otros Partidos, sin previa autorización del Organismo Partidario.  

Ante el inciso e) del artículo 9 de la Carta Orgánica del PJ Distrito Chubut, no existe fundamento alguno que lo pueda contrariar. Los nombramientos a cargos políticos en la función pública, en la mayoría de los casos, son anunciados públicamente y a través de los medios por el mismo gobierno de turno. Sucede lo mismo con las candidaturas en representación de otros partidos políticos o frentes electorales no avalados por las autoridades partidarias. Aquí, no hay modo de discusión alguna. Al decir de la jerga mediática: Más de uno o una, no resiste el archivo.

REIVINDICAR AL AFILIADO JUSTICILISTA

La decisión tan difundida en estas últimas horas no es una caza de brujas o brujos, tampoco es que se intenta echar del Partido a ciertas personas. Ese es un error de interpretación. Por una buena vez se está cumpliendo con la Carta Orgánica. Otra es la discusión, si el actual es el momento propicio. Aun así, es lo que se debería haber hecho.

Algo inexplicable, aunque manifiesten artilugios administrativos internos, es cómo, al día de hoy se puede tolerar que en su momento un presidente partidario haya renunciado a su cargo para afiliarse a otro partido político y en la actualidad sea diputado provincial electo por el PJ. Esta es una malformación partidaria que no encuentra razonamiento coherente. Sucesos de este tenor, se pueden enumerar a montones.

Por otra parte, existe un análisis lógico. Una persona no puede estar al mismo tiempo en dos partidos políticos diferentes. Si una persona participa de la vida de un Partido es imposible que simultáneamente participe de la vida de otro Partido. La Carta Orgánica del PJ así lo dictamina. Está bien y es necesario que aquellos que han decido participar de otros Partidos y Frentes políticos ajenos al PJ se sinceren en un acto de honestidad y buena fe y se desafilen automáticamente, antes que la orgánica partidaria del PJ los tenga que depurar de la lista de afiliados. Por falta de honestidad, finalmente, la autoridad partidaria tuvo que tomar esta determinación.

Este hecho es muy importante, porque si no fuese así, se establecería un doble estándar para algunos afiliados en detrimento de otros afiliados que han participado activamente en la vida partidaria con posibilidades o no de cargo político alguno. Por ejemplo: una persona es afiliada al PJ y desde el Partido Chusoto le ofrecen un cargo político y este afiliado lo acepta. Para la Carta Orgánica del PJ esta persona dejó de ser afiliado justicialista. Lo mismo pasa con aquel que acepta una candidatura de otro Partido o Frente político ajeno al PJ. Sucede lo mismo, automáticamente deja de ser afiliado al Justicialismo. Esta decisión define la defensa de los derechos del afiliado.

LA RAZÓN ECONÓMICA

Ahora bien, Esta persona termina su cargo en otro Partido y decide luego querer participar de un cargo político o ser autoridad partidaria a través del PJ. Es ahí que se establece el doble estándar en perjuicio de otros afiliados que han permanecido en la vida partidaria justicialista. Al parecer, éstos que van de un Partido a otro, tienen más derechos ciudadanos que aquellos afiliados que han respetado la Carta Orgánica partidaria.

Estamos hablando de salvaguardar los derechos ciudadanos de aquellos que han cumplido con la ley interna del Partido. Estamos hablando de aquellos que por decisión personal han dejado de ser afiliados justicialistas puedan volver a ser afiliados con la condición de volver al inicio de su participación partidaria y recorrer el largo camino que muchos afiliados han hecho, con los pro y los contra que eso conlleva. En los gratos momentos que son pocos en los afiliados justicialistas, ya que bastante fueron las adversidades. Aquellos que respetaron a rajatabla la Carta Orgánica partidaria, hoy más que nunca se merecen el mayor de los respetos.

Finalmente, este pataleo de algunos que se ha visto en estas últimas horas, suena más a que vienen por la billetera de cargos del Partido, y no por los ideales del propio Peronismo.

 

 

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Etiquetas: Alberto FernándezCarta Orgánica PJCristina Fernández de KirchnerFrente de TodosGobierno del ChubutJusticialismoPartido JusticialistaPeronismoPJ Chubut
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